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"Catch all": Ley Canadiense de Protección del Medio Ambiente (CEPA)

La CECoP significa «Ley canadiense de protección del medio ambiente» (en francés: «Loi canadienne sur la protection de l’environnement») y es una ley de protección del medio ambiente en vigor en Canadá desde 1999. Su objetivo es prevenir la contaminación ambiental y también proteger la salud humana contra los riesgos de las sustancias tóxicas. La ley se aprobó en 1988 y se revisó en la década de 1990. La nueva versión entró en vigor en 2000.

En particular, las sustancias tóxicas persistentes («contaminantes orgánicos persistentes», COP), que pueden dispersarse ampliamente en el medio ambiente, acumularse y permanecer en él durante mucho tiempo, fueron objeto de la CEPA por primera vez en la historia de Canadá. También se ha prestado especial atención a las sustancias bioacumulables, es decir, aquellas que pueden acumularse en los organismos vivos. Algunos ejemplos de sustancias incluidas en la lista son el cromo, el cadmio, el aluminio y el formaldehído. El objetivo de la CECoP es eliminar por completo esas sustancias especialmente peligrosas, también para preservar los ecosistemas canadienses y la biodiversidad del país.

La CECoP regula problemas de contaminación que otras leyes canadienses no abordan. Proporciona la base jurídica de una serie de programas federales de protección del medio ambiente y la salud.

Entre ellas se encuentran las siguientes:

  • Evaluación y gestión de los riesgos derivados de las sustancias químicas, los polímeros y los organismos vivos
  • programas relacionados con la contaminación del aire y el agua, los residuos peligrosos, los contaminantes atmosféricos y las emisiones de gases de efecto invernadero
  • Eliminación marina
  • Emergencias medioambientales

La CECoP está considerada como una ley «de alcance». Su objetivo es evitar que se liberen accidentalmente sustancias potencialmente peligrosas en el medio ambiente, por ejemplo, debido a lagunas en la legislación.

En realidad, los efectos de la ley de CECoP deberían revisarse cada cinco años. Pero la única revisión hasta ahora tuvo lugar en 2017. Los resultados se publicaron bajo el título «Healthy Environment, Healthy Canadians, Healthy Economy: Strengthening Canada’s Environmental Protection Act».

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La Ley de CECoP estipula que las nuevas sustancias fabricadas o importadas en Canadá deben ser evaluadas en cuanto a sus riesgos para la salud y el medio ambiente. La evaluación de riesgos la llevan a cabo conjuntamente el Ministerio de Medio Ambiente y Cambio Climático de Canadá y el Ministerio de Sanidad de Canadá. El Programa de Nuevas Sustancias administra las evaluaciones, teniendo en cuenta el Plan de Gestión de Sustancias Químicas (CMP). Se pueden buscar sustancias específicas o grupos de sustancias en una lista de acceso público.

Las sustancias reguladas por la CECoP también incluyen 23.000 sustancias que pueden encontrarse en la Lista de Sustancias Domésticas (DSL), incluidas las cepas microbianas y los cultivos microbianos complejos. Se evalúan tanto los organismos modificados genéticamente como los naturales. El Reglamento de Notificación de Nuevas Sustancias (Organismos) es decisivo para ello. En 2015, la CECoP se amplió para incluir un apartado sobre los nanomateriales, de modo que desde entonces también existe la obligación de notificar a las autoridades canadienses las sustancias cuyas partículas tienen un tamaño de entre 1 y 100 nanómetros.

Las sustancias clasificadas como peligrosas en el marco de la CECoP se agrupan a su vez en dos listas diferentes con distintos niveles de prioridad:

  • La Primera Lista de Sustancias Prioritarias (PSL1) enumeraba originalmente 44 sustancias y grupos de sustancias que son «tóxicas» para la salud humana según el artículo 11(c) de la CEPA de 1988. Sin embargo, siete compuestos fueron retirados de la lista entre 1992 y 1994 o siguen siendo objeto de revisión.
  • La segunda lista de sustancias prioritarias (PSL2), publicada en 1995, incluye 25 sustancias. Entre ellos se encuentran los productos químicos individuales, así como las mezclas, las aguas residuales de las fábricas textiles, las sales de la carretera y las partículas respirables con un tamaño de 10 micrómetros o menos.

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Si se comete una infracción en virtud de la Ley de CECoP, se aplica el catálogo de multas de la Ley de Aplicación de la Normativa Medioambiental (EEA). Se trata de una ley ómnibus sobre multas y sanciones que ha reformado y armonizado un total de nueve leyes medioambientales diferentes. La AEMA pretende conducir a una aplicación más coherente de la legislación medioambiental federal. Las sanciones monetarias administrativas en virtud de las partes 7 y 9 de la Ley de CECoP se establecen en la Ley de Sanciones Monetarias Administrativas por Infracciones Ambientales (EVAMPA) y se han especificado en el Reglamento de Sanciones Monetarias Administrativas por Infracciones Ambientales (Reglamento de AMPs). Según esta normativa, las infracciones de la CEPA están sujetas a determinadas multas mínimas, que se incrementan en caso de condena. Van de 5.000 a 6.000.000 de dólares.

Otras acciones de aplicación de la normativa en materia de CECoP son, por ejemplo:

  • Avisos de sanción, por ejemplo si faltan informes escritos
  • Prohibiciones, retiradas de sustancias ilegales u órdenes de cese de acciones ilegales o de exigencia de las legales
  • Órdenes de alejamiento
  • Acusación penal por parte de la fiscalía
  • Advertencias con la oportunidad de que los presuntos infractores tomen buenas medidas de cumplimiento
  • Órdenes relativas a la liberación ilegal de sustancias reguladas, que regulan específicamente la manipulación de las sustancias.


Las infracciones se especifican en la Ley de CECoP y se regulan en un reglamento independiente, el «Reglamento que designa las disposiciones reglamentarias a efectos de aplicación (Ley canadiense de protección del medio ambiente, 1999)».

También es posible realizar una detención -incluso sin orden judicial- o incautar objetos además de pruebas. Incluso los buques sospechosos de haber cometido un delito pueden ser retenidos o desviados sobre la base de la Ley de CECoP y el EEE. Las condenas o incluso los cargos en el marco de la EEE pueden dar lugar a penas de prisión de hasta tres años. Los delitos perseguidos en virtud de la CECoP se publican en informes periódicos del Ministerio de Medio Ambiente canadiense.

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Página oficial de la CEPA:Link
Antecedentes y más información sobre la CEPA: Link
Texto original de la CEPA:Link
Guía del gobierno canadiense para entender la CEPA:Link
Página con una visión general de los programas federales de protección del medio ambiente y la salud de Canadá:Link
Informe de evaluación de la CEPA de 2017:Link
Página del Gobierno de Canadá sobre el Programa de Nuevas Sustancias:Link
Página del gobierno canadiense sobre el Plan de Gestión de Productos Químicos:Link
Para buscar en la lista de sustancias y grupos de sustancias de la CEPA (listas de sustancias):Link
A la Lista de Sustancias Domésticas (DSL):Link
Al «Reglamento de Notificación de Nuevas Sustancias (Organismos)»:Link
A la primera lista de sustancias prioritarias (PSL1):Link
A la segunda lista de sustancias prioritarias (PSL2):Link
Multas en virtud de la Ley de Aplicación de la Normativa Medioambiental (EEA):Link
A las sanciones monetarias administrativas de la Ley de Sanciones Monetarias Administrativas por Infracciones Ambientales (EVAMPA):Link
Disposiciones sancionadoras detalladas en el «Reglamento de Sanciones Monetarias Administrativas por Infracciones Medioambientales (Reglamento AMPs)»:Link
Infracciones en virtud del «Reglamento por el que se designan las disposiciones reglamentarias a efectos de su aplicación (Ley canadiense de protección del medio ambiente, 1999)»:Link
Página con informes periódicos y estadísticas sobre la CEPA del Ministerio de Medio Ambiente de Canadá:Link